La publicación del Real Decreto 661/2007 por el que se regula la PRODUCCION DE ENERGIA ELECTRICA EN REGIMEN ESPECIAL el 26 de mayo de 2007 supuso la creación de un marco económico especialmente favorable a esta tecnología, tanto que en el mes de agosto ya se había cumplido con el 85% del objetivo y el 29 de septiembre se publicó la Resolución por la cual se acotó hasta el próximo 30 de septiembre de este año (2008) el plazo para la inscripción definitiva manteniendo las condiciones económicas del R.D. 661/2007
Desde el mismo mes de septiembre de 2007 circula el borrador del nuevo Real Decreto que fijará la retribución para los generadores en régimen especial mediante el uso de paneles fotovoltaicos. Este borrador penalizaba las instalaciones en suelo de potencias superiores a 20 kW (reducción de un 30%, aproximadamente) y mantenía unas buenas condiciones para las montadas en cubierta de potencia no superior a 200 kW.
A día de hoy ya debería haber sido publicado este nuevo Real Decreto, pero seguimos esperando por él mientras la rumorología se va encargando de crear nuevas espectativas sobre el régimen económico que tendremos a partir del próximo mes: ¿se reducirán las primas menos de lo previsto? ¿habrá un periodo de “gracia” para aquellas instalaciones que ahora están a medio construir?
Las últimas declaraciones del Ministro de Industria prometiendo un brillante futuro al desarrollo de la producción fotovoltaica en España parecen dar la razón a quienes han manifestado su optimismo y creen que la reducción de primas será inferior a la propuesta en el borrador.